Registro Civil
Requisitos y pasos de los trámites del Registro Civil de Río Tercero. Consultas por WhatsApp al 3571-500052 o a riotercero.registrocivil@hotmail.com.
01 Inscripción de nacimientos
El nacimiento se inscribe dentro de los 40 días corridos (el día del nacimiento cuenta como el día 1).
Padres casados con hijos en común
- Puede inscribir cualquiera de los dos padres.
- DNI de ambos en buen estado y fotocopias.
- Libreta de familia.
- Certificado médico de parto original.
Padres casados sin hijos en común
- Deben presentarse ambos padres.
- DNI de ambos en buen estado y fotocopias.
- Libreta de familia.
- Certificado médico de parto original.
Padres no casados
- Deben presentarse ambos padres.
- DNI de ambos en buen estado y fotocopias.
- Certificado médico de parto original.
Si quien inscribe no tiene el domicilio actualizado, primero debe hacer el cambio de domicilio.
Importante: el bebé no debe ir con ropa de colores claros, porque la foto se toma con fondo blanco.
02 Reconocimiento
Permite reconocer legalmente, por voluntad propia, a un hijo o hija biológico.
- DNI de quien reconoce.
- Datos de la partida de nacimiento del hijo/a (de no más de 6 meses).
Se recomienda que asistan ambos progenitores con DNI para elegir el orden de los apellidos; si no, se mantiene el apellido materno hasta que se acuerde por vía administrativa o judicial. Después, el reconocido puede actualizar su DNI.
03 Adición de apellido
Para quien fue inscripto con el apellido de uno solo de sus progenitores y quiere agregar el del otro.
Menor de edad
- Partida de nacimiento actualizada (no hace falta si está inscripto en Río Tercero).
- Ambos padres con DNI y DNI del menor.
- De 13 a 17 años, el menor también debe asistir para firmar la solicitud.
Mayor de edad
- Partida de nacimiento actualizada (no hace falta si está inscripto en Río Tercero).
- DNI del interesado.
La solicitud se envía a la Dirección Provincial para su aprobación. Después hay que rectificar la documentación donde figuraba un solo apellido.
04 Matrimonio
Antes de iniciar, consultá con el Registro Civil las fechas disponibles. Los matrimonios se celebran los viernes.
Cómo se tramita
- Iniciá la solicitud online desde Ciudadano Digital → "Mi Registro Civil" → Matrimonio, con la fecha estimada, los datos de los contrayentes y un contacto.
- La oficina se comunica para confirmar fecha, hora y arancel.
- Cargá los requisitos (datos de testigos y progenitores) al menos 30 días antes de la ceremonia.
- Entrevista presencial de ambos contrayentes con DNI para firmar la declaración jurada (y el formulario de comunidad de bienes, si corresponde).
Requisitos (contrayentes solteros)
- DNI (último ejemplar, en perfecto estado). Al menos uno debe tener domicilio en Río Tercero.
- Acta de nacimiento original y actualizada (no más de 6 meses). Si es de Córdoba alcanzan los datos; si es de otra provincia, legalizada.
- DNI de 2 testigos mayores de 18 años (amigos o familiares).
- DNI de los padres y de los hijos en común.
- Análisis prenupciales: opcionales.
- Régimen de bienes: separación o comunidad. Si hay convención matrimonial, copia certificada del escribano.
Casos especiales
- Viudo/a: acta del matrimonio anterior y acta de defunción del cónyuge (originales y actualizadas).
- Divorciado/a: acta del matrimonio anterior con el divorcio asentado y copia de la sentencia de divorcio.
- Menor de 18: los padres deben presentarse con DNI; si no dan su asentimiento, se requiere venia judicial supletoria.
- Menor de 16: además, dispensa de edad emitida por un juez.
- Extranjero/a sin DNI argentino: pasaporte con constancia de ingreso de Migraciones y acta de nacimiento visada por el consulado o apostillada (traducida si corresponde).
Tolerancia de 10 minutos el día de la ceremonia. Contrayentes y testigos deben llevar su DNI, sin excepción.
05 Unión convivencial
Registra la unión de dos personas que conviven de forma pública, estable y permanente, con un proyecto de vida en común.
Cómo se tramita
- Iniciá online desde Ciudadano Digital → "Mi Registro Civil" → Unión Convivencial.
- La oficina te cita para firmar la declaración jurada y el testimonio de los testigos, y presentar la prueba de convivencia.
Requisitos
- DNI original y fotocopia, en perfecto estado, con domicilio en común de al menos 2 años (si no, prueba documental de la convivencia).
- Actas de nacimiento originales y actualizadas (no hace falta si son de Río Tercero; de otra provincia, legalizadas).
- Fotocopia del DNI de 2 testigos mayores de 18 años que no sean familiares.
- Actas de nacimiento de los hijos en común.
- Pacto de convivencia (opcional).
- Viudos o divorciados: agregan acta del matrimonio anterior y acta de defunción o sentencia de divorcio.
Presentá la documentación unos 2 meses antes de la celebración.
06 Duplicado de libreta de familia
Si se perdió la libreta de familia, los cónyuges pueden pedir un duplicado (o triplicado, según corresponda).
- Datos del acta de matrimonio (donde figura el número de libreta).
- DNI de los cónyuges.
- Datos de las actas de nacimiento de cada hijo/a y, si corresponde, de defunción de un hijo/a o cónyuge, para asentarlos en la libreta.
07 Rectificaciones
Corrige datos erróneos de actas inscriptas en la provincia de Córdoba. Pueden pedirlo el titular, un familiar directo si el titular falleció, su representante legal o un apoderado con poder certificado por escribano.
- DNI original de quien lo solicita.
- Datos del acta a rectificar.
- Pruebas documentales que acrediten el dato correcto (si son actas de Córdoba, alcanza con sus datos).
- Documentos extranjeros: legalizados o apostillados y, si están en otro idioma, traducidos por traductor matriculado.
08 Cambio de género
Permite modificar el nombre y el sexo del acta de nacimiento según la Ley 26.743 de Identidad de Género. Es gratuito y se inicia de forma presencial en el Registro Civil del domicilio o donde se inscribió el acta.
Mayores de 18 años
- DNI.
- Nacidos en Córdoba: datos del acta de nacimiento. De otra provincia: acta con firma legalizada.
Menores de 18 años
- Deben asistir ambos progenitores con DNI y el abogado del niño (con su carnet).
- DNI del menor y datos o acta de nacimiento (legalizada si es de otra provincia).
La solicitud pasa a la Dirección General, que confecciona la nueva acta. El primer DNI es gratuito.
09 Opción de nacionalidad argentina
Para quienes nacieron en el exterior y tienen al menos un padre o madre argentino nativo. Hay que acreditar el vínculo y la nacionalidad argentina del progenitor.
Menores de 18 años
- Partida de nacimiento del menor actualizada, legalizada, apostillada y traducida (o plurilingüe).
- Partida de nacimiento del padre o madre argentino (legalizada si es de otra provincia).
- DNI del progenitor; si uno no asiste, poder ante escribano traducido, legalizado y apostillado.
- Documento de identidad del menor.
Mayores de 18 años
- Partida de nacimiento propia actualizada, legalizada, apostillada y traducida si corresponde.
- Partida de nacimiento del padre o madre argentino (legalizada si es de otra provincia).
- Documento de identidad.
10 Exequátur
Es el procedimiento judicial para que una sentencia dictada en otro país tenga validez en Argentina; por ejemplo, un casamiento o un divorcio realizado en el exterior.
Se inicia con un abogado o en la Asesoría Letrada de Tribunales.